24 septiembre, 2019 Bufete Madrigal

Legisladas vía Real Decreto nuevas obligaciones en materia de discapacidad para las empresas

El Ejecutivo aprobó el pasado viernes un Real Decreto mediante el que se modifica el RD 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.

Tras la reunión del Consejo de Ministros, el Gobierno explicó en una nota que el uso cada vez más extendido, entre las personas con discapacidad o movilidad reducida, de las sillas eléctricas y de los escúteres, «requiere que, en todos los casos en los cuales se disponga de medios de transporte terrestre y marítimo que permitan el transporte de sillas eléctricas o escúteres, y estas cumplan determinadas normas técnicas, se garantice el acceso a los mismos, avanzando en la accesibilidad de nuestros medios de transporte público».

Se podrán usar sillas con motor eléctrico

Para ello, y de acuerdo con las propuestas recibidas desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), se ha modificado la normativa con objeto de que las personas con discapacidad puedan usar en estos medios las sillas de ruedas con motor eléctrico y escúteres más usuales de forma totalmente gratuita.

Además, las empresas deberán informar a los viajeros sobre las características de las sillas y escúteres admisibles en cada servicio en función de las características técnicas y de seguridad de los medios de que disponen.

Obligación de admitir perros adiestrados

Por otro lado, el acompañamiento de perros especialmente adiestrados a personas afectadas por epilepsia o diabetes se ha mostrado especialmente eficaz para prevenir ataques propios de esas enfermedades, llegando incluso a salvar vidas.

Por ello, se establece la obligación de admitirlos en estos medios de transporte, facilitando la movilidad de estos colectivos.

Subvenciones a entidades del tercer sector del ámbito de la discapacidad

En línea con lo anterior, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto que regula la concesión directa de subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social vinculadas al ámbito de la discapacidad.

Las ayudas ascienden a 5.032.250 euros, que se distribuyen entre 22 entidades de ámbito estatal. Se trata de organizaciones que históricamente han ido desarrollando una destacada labor en la defensa de los derechos básicos de las personas con discapacidad.

Las ayudas se destinan a financiar sus gastos corrientes de funcionamiento de sus estructuras centrales, siempre que respondan a los fines que tienen atribuidos. De esta forma, se facilita que puedan llevar a cabo la función que les corresponde de representación, defensa y promoción de los derechos e intereses generales de las personas con discapacidad y de sus familias.

Vía LegalToday.com