La reputación corporativa es la imagen que una empresa proyecta en el mercado y una conditio sine qua non para conseguir afianzarse y alcanzar mejores resultados, mayor cuota de mercado, captando nuevos clientes. Es un activo intangible cuyo valor es difícil de cuantificar y cuya pérdida puede conducir a la empresa a una situación insostenible.
La reputación corporativa es la imagen que una empresa proyecta en el mercado y una conditio sine qua non para conseguir afianzarse y alcanzar mejores resultados, mayor cuota de mercado, captando nuevos clientes. Es un activo intangible cuyo valor es difícil de cuantificar y cuya pérdida puede conducir a la empresa a una situación insostenible.
En la actualidad, enfocar la dirección de una empresa cuidando con esmero su reputación resulta crucial por dos factores determinantes: la digitalización y la cultura del compliance.
El profundo calado de internet y las redes sociales es una realidad que ha transformado nuestra forma de vivir y de relacionarnos; afectando tanto a las personas físicas como jurídicas. La visibilidad de las empresas y su reputación están íntimamente ligadas con el prestigio y el valor que le confieren los cibernautas en internet y, muy especialmente, en las redes sociales. A través de noticias, mensajes e interactuando con los stakeholders se conseguirá posicionar la imagen de la marca corporativa de manera atractiva y prestigiosa, consiguiendo consolidar la necesaria confianza del mercado, piedra angular de cualquier relación personal o profesional.
La cultura del compliance es el otro factor que ha entrado en nuestras vidas en los últimos años y ha venido para quedarse y extenderse de manera trasversal en las organizaciones, cambiando nuestra manera de enfocar la gestión empresarial. El llamado compliance o cumplimiento normativo surge en Estados Unidos como antídoto para evitar que se repitan escándalos empresariales que pusieron en jaque a la economía americana y mundial. En concreto, el caso ENRON marcó un antes y un después en la forma de concebir la diligencia de un ordenado empresario.
Con mayor o menor éxito, en lo que a sus frutos se refiere, el objetivo de la cultura del compliance responde a la idea de mitigar los riesgos empresariales y preconstituir prueba para exonerar de responsabilidad a las empresas y a sus administradores y consejeros. De nuevo, hallamos el deseo de preservar la reputación empresarial demostrando una razonable diligencia en la toma de decisiones y, con ello, ejercer un mayor control sobre los inevitables riesgos legales que acechan sobre cualquier institución o empresa.
Como consecuencia natural de este deseo de ejercer mayor control en la gestión empresarial, la regulación legislativa tanto nacional (reforma del Código Penal, Ley 11/2018 sobre información no financiera) como comunitaria (Reglamento de Protección de Datos) y la regulación interna de las empresas (Código de Conducta, Políticas, Procedimientos) ha proliferado de una manera exponencial; de lo que se infiere una clara consecuencia positiva (mayor seguridad jurídica) y otra negativa (la super regulación y, por ende, el incremento de la posibilidad de incumplir las exigencias legales aparejando consecuencias sancionatorias pecuniarias, penales y/o reputacionales).
En efecto, la proliferación normativa afecta a todas las áreas de una corporación y ello confiere al jurista un rol fundamental como garante de la ortodoxa interpretación y aplicación de las exigencias legales. Cumplir las normas es el medio para mitigar los riesgos empresariales y, así, preservar su reputación; y para dar cabal cumplimiento normativo a las acciones y decisiones que ejecutan las empresas se requiere de juristas sensibles a una visión global, trasversal del Derecho.
El Derecho no es una disciplina autónoma, solitaria y ajena a la realidad social. Muy al contrario, el Derecho no es más que la manera de marcar las pautas de convivencia en la sociedad y quienes no respetan las “reglas del juego” son expulsados del mercado, principalmente, porque se ha perdido la confianza; se ha minado su reputación.
Esta es la natural imbricación del Derecho, el jurista y la reputación empresarial; la cual explica el papel fundamental que los juristas están adquiriendo en las organizaciones y cuya tendencia es imparable dado que, cada vez, las empresas están más convencidas de que una estrategia corporativa aislada de la realidad jurídica, una actuación financiera, comercial, corporativa que ignora las exigencias normativas, están expuestas a altos riesgos que podrían conducir a la desaparición de las empresas.
En Women in a legal World (WLW) estamos convencidas de que la presencia de mujeres juristas en los consejos de administración y comités de dirección de las organizaciones es un activo imprescindible con una doble consecuencia positiva: por un lado, porque su formación jurídica les hace técnicamente capaces de plantear y ejecutar los proyectos comprendiendo la normativa; por otro lado, porque la diversidad de género en los órganos decisorios de las compañías enriquece la toma de decisiones en tanto en cuanto permite enfocar los proyectos desde puntos de vista distintos, complementarios.
La plataforma “Think Tank on the Board”, entre otras iniciativas impulsadas por la asociación WLW, es el reflejo del convencimiento que tenemos de que el mundo es diverso y las empresas conectarán mejor con los mercados y serán, por ende, más competitivas si sus consejos y comités reflejan la realidad del mundo, desde una perspectiva diversa y enfocada hacia la cultura del cumplimiento normativo.
En definitiva, Orden y Diversidad son dos pilares que sostienen una robusta reputación empresarial.
Artículo original de Clara Cerdán Molina, Vía NoticiasJurídicas.com